Para divorciarse por juicio contencioso (litigioso, buscando la declaración de culpabilidad del otro cónyuge) no existen plazos mínimos. Un matrimonio se puede divorciar a los seis meses de casos, pero sólo por esta vía.
Para divorciarse por presentación conjunta (mutuo acuerdo, sin declaración de culpabilidad) se requiere tener 3 años de casado para el divorcio vincular o 2 años de casado para la separación personal (esta última no otorga aptitud nupcial, aunque luego se puede convertir en divorcio vincular).
Dado que el divorcio contencioso o contradictorio dura años, lo usual es que aunque se produzca la separación de hecho antes, se espere hasta los tres años para tramitar directamente el divorcio por presentación conjunta.
Mirta Núñez
Consultas
4373-1938
|
|
Dra. Mirta Susana
Nuñez (ABOGADA, UBA)
Sarmiento 1422, piso 7, of. 3, (1042)
Buenos
Aires, Argentina - Tel./ Fax.: 4373-1938
Copyright 2006 - 2010 Mirta Susana Núñez - Todos los derechos
reservados
|
| Oposiciones Masters |