Ser
precavido no significa que nuestros temores vayan a cumplirse. Consejos
para
romper los tabúes y dormir más tranquilos...
Mientras los hijos son
menores, la patria potestad la tienen ambos padres.
Cuando los padres se divorcian, el derecho de patria potestad lo siguen teniendo ambos, pero el ejercicio lo tiene el padre o madre que detenta la tenencia (por ej., éste es quien puede decidir cambiarlo de colegio).
Pero existen situaciones especiales donde es preciso prever a cargo de quién quisiera Ud. que quede la tutela de su hijo, en caso de que no estén sus padres. Algunos ejemplos:
Tenga presente que - afortunamente - esas designaciones de tutela no llegan a utilizarse en el práctica, porque lo más frecuente es que los hijos lleguen a la mayoría de edad con ambos o uno de sus padres vivos.
Pero como
seguramente, en el momento de pensar en la eventualidad de su muerte, lo que más
le preocupa es su hijo, es aconsejable dejar
instrumentada legalmente esta
tutela dativa. Existen diversas formas de
hacerlo. Para ello consulte con un
abogado especialista en Derecho de
Familia.
Esta prevención le permite a Ud. respetar no sólo el proyecto de vida que desea para su hijo, sino también tener presente "anticipadamente", con quién le gustaría vivir a él en caso de que sus padres no estuvieran. No es necesario preguntarlo explícitamente. Nadie conoce a su hijo más que Ud.
Y si Ud. no lo decide y fuera necesario en el futuro designar un tutor, lo hará un Juez desconocido en base a los planteos que realicen los distintos posibles aspirantes a tutor (su suegra, su cuñada, su madre, su hermana, su prima, la madrina de su hijo).
Entonces, ¿por qué no dejar plasmada su voluntad anticipadamente para evitar esos conflictos?
La designación de tutor también se puede hacer cuando ambos padres viven. En caso de fallecimiento de uno, obviamente el hijo quedará a cargo del otro, pero en caso de fallecimiento de ambos (conjunta o sucesivamente), será necesario tener previsto quién será el tutor.
A no
asustarse por pensar en esto: una persona de mi familia tuvo un hijo a
los 43 años, con un esposo de 50 años aproximadamente. Cuando el hijo tenía 6
años, el padre murió rápídamente de un cáncer de pulmón y la madre (ya con 49
años) lo primero que hizo fue nombrar un tutor para su hijo "por si le pasa algo
a ella también".
Afortunadamente, ese hijo hoy tiene 35 años , esta señora 78
y disfruta a su nieta de 6 años y a su nieto de 1. La tutela dativa nunca fue
utilizada, pero le proporcionaba tranquilidad tenerla
hecha.
Dra. Mirta Susana Núñez

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Dra. Mirta Susana Nuñez (ABOGADA, UBA)
Sarmiento 1422, piso 7, of. 3, (1042)
Buenos Aires, Argentina - Tel./ Fax.: 4373-1938
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